Artículo 46. Aborto:
De manera hábil y solapada han colocado en la Constitución a ser aprobada lo siguiente:
Art. 46. ... “El Estado reconoce y garantiza la vida, incluido el cuidado y la protección desde la concepción”
La coma colocada luego de la palabra "vida" es una argucia y trampa que divide al artículo en dos, lo cual desde el punto legal se presta para que se interprete que: el Estado brinda el cuidado y protección desde la concepción. Protección y cuidado es una cosa, GARANTIZAR EL DERECHO A LA VIDA es otra.
Este artículo en otras palabras lo que dice es que: el Estado proteje y cuida a aquellos que no hayan sido abortados, pues no se garantiza el derecho a la vida desde la concepción.
Una cosa es que se de cuidado y protección desde la concepción, y otra es que se GARANTICE la vida desde la concepción. Este artículo permite abiertamente el aborto.
El artículo debió ser redactado: "El Estado reconoce y garantiza el derecho a la vida desde la concepción..."
Artículo 66. Aborto - Plan de Gobierno de Rafael Correa.
Art. 66.- Se reconoce y garantizará a las personas:
10. El derecho a tomar decisiones libres, responsables e informadas sobre su salud y vida reproductiva y a decidir cuándo y cuántas hijas e hijos tener.
PLAN DE GOBIERNO DE RAFAEL CORREA
SIEMPRE FUE ABORTISTA
En la página 66, en la fila número 6, se lee:
“Con respecto a políticas afirmativas en favor de las mujeres.. gratuitas en favor de las mujeres que han sido víctimas de violencia; ampliación de causales de despenalización del aborto ; políticas culturales para fortalecer la participación...”
Mas detalles sobre: ¿Por que es abortista la nueva constitucion del Ecuador?
aquí
Artículo 66. Promueve la Homosexualidad:
Art. 66.- Se reconoce y garantizará a las personas:
Literal 9. El derecho a tomar decisiones libres, informadas, voluntarias y responsables sobre su sexualidad, y su vida y orientación sexual. El Estado promoverá el acceso a los medios necesarios para que estas decisiones se den en condiciones seguras.
Es decir que el Estado “promoverá el acceso a los medios necesarios” para que se tomen decisiones sobre la orientación sexual “en condiciones seguras”.
Aquí hay un abuso y un golpe brutal a la institución básica de la sociedad, la familia.
En primer lugar, si bien es cierto que las personas pueden escoger su “orientación sexual” no es necesario que el Estado les brinde privilegios por sobre el resto de la sociedad al “promover el acceso a los medios necesarios” para sus decisiones, esto no sería más que una imposición sobre toda la sociedad para que se promuevan acciones y decisiones sobre la sexualidad sobre los que no todos están de acuerdo.
Las personas homosexuales por su orientación sexual, merecen respeto, pero no tienen ninguna virtud ni derecho extra para valerse del Estado y obligarnos a todos (mediante el Estado) a proveerles de "los medios necesarios" para que lleven a cabo sus decisiones.
¿¿¿Usted quiere ver al Estado promoviendo “el acceso a los medios necesarios” (sobre su autoridad de padre o madre) para que sus hijos tomen decisiones de acuerdo a su “orientación sexual en condicionas seguras” y luego decidan cuántos “hijas e hijos tener”???
Familia Homosexual:
Art. 67.-Se reconoce la familia en sus diversos tipos. El Estado la protegerá como núcleo fundamental de la sociedad y garantizará condiciones que favorezcan integralmente la consecución de sus fines. Éstas se constituirán por vínculos jurídicos o de hecho y se basarán en la igualdad de derechos y oportunidades de sus integrantes.
El matrimonio es la unión entre hombre y mujer, se fundará en el libre consentimiento de las personas contrayentes y en la igualdad de sus derechos, obligaciones y capacidad legal.
Art. 68.- La unión estable y monogámica entre dos personas libres de vínculo matrimonial que formen un hogar de hecho , por el lapso y bajo las condiciones y circunstancias que señale la ley, generará los mismos derechos y obligaciones que tienen las familias constituidas mediante matrimonio.
Y la confirmación de lo anterior se ratifica en la línea siguiente del art 69,.que dice:
“la adopción corresponderá sólo a las parejas de distinto sexo”.
Luego: sí admite las parejas de igual sexo y sólo les impide el derecho de adopción.
¿Sabían que el "Matrimonio" es un contrato "cuyo fin es vivir juntos, PROCREAR y auxiliarse mutuamente"? (Cód.Civil Art. 81)
¿Creen que esos 3 fines pueden obtenerse entre "dos personas", o solamente entre un hombre y una mujer? ¿Y qué pasa con los grupos de transexuales, que pudiendo unirse dos hombres y uno de ellos cambia de sexo a mujer, entonces ya podrán adoptar hijos?
Una cosa es regular jurídicamente los derechos y obligaciones PATRIMONIALES (referentes al patrimonio común), que es a lo que se refirió en su momento la Conferencia Episcopal , y OTRA COSA es hacerlo sobre todo tipo de derechos y obligaciones.
Lea nuevamente el artículo 68: "La unión estable y monogámica entre dos personas libres de vínculo matrimonial....generará los mismos derechos y obligaciones que tienen las familias constituidas mediante matrimonio."
art. 28.Ideología de género en la Educación:
artículo 28, párrafo dos dice:
Es derecho de toda persona y comunidad interactuar entre culturas y participar en una sociedad que aprende. El Estado promoverá el diálogo intercultural en sus múltiples dimensiones.
Podríamos preguntarnos: ¿a qué se refiere al hablar de “múltiples dimensiones”?
Sin embargo, la duda queda resuelta cuando observamos la versión anterior de la Constitución en la que dice el mismo artículo y párrafo que:
El Estado promoverá el diálogo intercultural en sus dimensiones étnicas, de género, generacionales, físicas, sexuales y geográficas.
Es decir: En las escuelas y colegios se enseñará ( a pretexto de diálogo intercultural) respecto a la ideología de género y de preferencias sexuales, siendo esto parte de la educación “centrada en el ser humano” del artículo 27.
¿No cree usted que los ciudadanos deberían escoger en qué escuela o colegio colocan a sus hijos, sin que tengan que verse forzados por el Estado a que sus niños aprendan sobre temas que usted, tal vez como padre o madre, no desean que aprendan, o sobre los cuales preferirían discutirlos en casa?
¿desea usted que sus hijos aprendan que el hombre puede escoger hacerse mujer a pretexto de diálogo intercultural?
a pregunta es: ¿Por qué tiene que enseñarse esto obligatoriamente en TODAS las escuelas y colegios (públicos y privados)? ¿Será porque el tema de la ideología de género y preferencias sexuales es un tema que no sobreviviría en el tiempo y mas bien necesita ser impuesto por sus promotores?
art. 347 .Educación impuesta:
El artículo 347 dice: Será responsabilidad del Estado:
Numeral 4. Asegurar que todas las entidades educativas impartan una educación en ciudadanía, sexualidad y ambiente, desde el enfoque de derechos.
Una vez más este artículo complementa lo escondido en el artículo 28 y se dice que se enseñará a sus hijos sobre “sexualidad” desde el enfoque de derechos, es decir: los “derechos sexuales y reproductivos” o de “ideología de género”, temas sobre los cuales tal vez usted no desee que se le hable a sus hijos en la escuela y prefiera tratarlos en casa. Cabe resaltar que dentro de los “derechos sexuales y reproducivos” está incluído el tema de que “la mujer es dueña de su cuerpo” y tiene “derecho” a interrumpir la vida de un feto que se encuentre en su interior.
Enseñar “sexualidad desde el enfoque de derechos” implica decirles a los niños en las escuelas, que ellos tienen “derechos”(varios) sobre como llevar su vida y compañía sexual como a bien les parezca, desafiando todo principio de responsabilidad sobre estos temas.
Esto sería un atentado ante las decisiones y autoridad de los padres de familia, pues son ellos quienes deberían escoger en qué temas y como instruyen a sus hijos, no el Estado, ni el gobierno.
Atención: Esto no es un diario online ni un medio de comunicación oficial, es un blog personal de mi exclusiva propiedad tanto como mis pensamientos y mis palabras, aquí escribo lo que se me antoja sin ninguna visión ni misión social, este blog posee una orientación libertaria y su principal objetivo, aparte de servirme de desfogue, es promover abiertamente el anarcocapitalismo y el individualismo extremo y su meta final es exterminar la ignorancia, la estupidez y el socialismo. Que quede bien claro que no soy comunicador social y no estoy obligado a ser imparcial, mi orientación política es de derechas y los escritos aquí presentados serán siempre políticamente muy sesgados, la veracidad de los artículos de este blog depende de sus fuentes, revísalas siempre y da fe de su contenido.
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